Por: César Augusto Hernández Ortiz Aunque en el derecho el principio de seguridad jurídica es una garantía que todo ciudadano aspira se le brinde de manera efectiva en todo Estado Constitucional, en Colombia, históricamente, ha cumplido una función más importante en el ámbito de los poderes dominantes, sirviendole infortunadamente a los factores reales de poder y en disfavor casi siempre del ciudadano raso. Por eso, en el caso de la exsenadora Piedad Córdoba, parece haberse dado una excepción, con el fallo que en recientes días dio a conocer el Consejo de Estado, mediante el cual tumbó la sanción con la que la Procuraduría la había inhabilitado por 18 años para ejercer cargos públicos. Y es que la seguridad jurídica, como principio del derecho universalmente reconocido, se basa en la «certeza del derecho», tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido...
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