Por:
César Augusto Hernández Ortiz
Quiero ocuparme en esta ocasión del incómodo asunto en que se ha convertido para el Alcalde de Medellín Federico
Gutiérrez, el manejo de la situación del señor John Jairo Velásquez Vásquez,
alias “Popeye”, por los comportamientos de este señor en Medellín una vez obtenida su libertad
condicional después de purgar las 3/5 partes de su condena a 23 Años y 3 meses
de prisión.
La verdad es que este
señor “Popeye” no ha resultado ser una perita en dulce para el Alcalde, que proclive
como el que más, a mantener un idilio con la opinión pública a través de su
presencia en redes sociales y medios informativos, ha encontrado en “Popeye” un
serio contrincante por la sintonía en las redes, dadas sus inclinaciones
también por la actividad del “Youtuber”, que explota hábilmente mediante su
pasado delictivo para obtener réditos económicos, no obstante que como él mismo
afirma, se trata de un “Popeye Arrepentido”.
Como ciudadano,
encuentro razonable las preocupaciones del Alcalde en cuanto a lo nocivo que
resulta para su política de seguridad ciudadana y de prevención del delito, las
posturas irreverentes y casi triunfalistas del señor “Popeye”, pues lo que la ciudad
de Medellín esperaría de una persona que busca reintegrarse a la sociedad, es
un comportamiento menos espectacular y más comprometido con la causa noble por
la que todos luchamos de dejar atrás el referente de ciudad del narcotráfico y
la criminalidad.
Sin embargo, corresponde
con infortunio reconocer que no está obligado el señor “Popeye" a ir más allá
de lo que le impone la obligación jurídica en torno a su comportamiento postcarcelario,
y resulta una ingenuidad esperar que en adelante dedicará su vida a actividades
propias de una granja agrícola o de humildes servicios altruistas, cuando él encuentra
precisamente dentro de la misma sociedad y el mercado global, personas y
empresas atraídas por su historia delictiva y que le representan fuentes
inagotables de recursos económicos.
No podemos olvidar
tampoco, como la misma Corte Constitucional en Sentencia
C-806/02, establece: “Al respecto de la finalidad de
la pena, ha señalado esta Corte que, ella tiene en nuestro sistema jurídico (…)
un fin resocializador que orienta la ejecución de la misma, de conformidad con
los principios humanistas y las normas de derecho internacional adoptadas. Ha
considerado también que “sólo son compatibles con los derechos humanos penas
que tiendan a la resocialización del condenado, esto es a su incorporación a la
sociedad como un sujeto que la engrandece, con lo cual además se contribuye a
la prevención general y la seguridad de la coexistencia, todo lo cual excluye
la posibilidad de imponer la pena capital”.
La Corte
Constitucional al analizar el principio de necesidad de la pena, expreso que “La
necesidad de la pena exige de ella que (…) cumpla además la función de permitir
la reincorporación del autor de la conducta punible a la sociedad de tal manera
que pueda, de nuevo, ser parte activa de ella, en las mismas condiciones que
los demás ciudadanos en el desarrollo económico, político, social y cultural”.
Es indudable que
los comportamientos y actitud del señor “Popeye” hacia la sociedad que lo ha
vuelto a “acoger” no son los de una persona arrepentida que se siente adolorida
y apenada por los graves daños que causó a la sociedad, así él mismo lo
manifieste abiertamente, pues sí no lo siente hacia los familiares de sus
víctimas, menos lo va a hacer frente a una sociedad que él mismo siente
distante y que le desmerece su respeto, habida cuenta que como él lo afirma, ni
siquiera le han restituido los derechos de todo ciudadano como contar con libre
acceso a la seguridad social y a un empleo digno. Pues la misma enciclopedia del internet
Wikipedia, le etiqueta como ocupaciones
la de Sicario,
narcotraficante, YouTuber y Escritor.
Al alcalde
Federico le corresponde por tanto entender, muy a su pesar, según afirma García
Valdés, que la noción resocializadora de la pena es entendida no como una
reinserción del interno a una sociedad que lo rechaza o que aquel no acepta,
sino como la modesta posibilidad de ser capaz de llevar una vida de libertad sin
delito (GARCÍA VALDÉS, Carlos. Comentarios a la legislación penitenciaria., p.
29.16), que aunque en opinión de algunos autores es una definición bastante
restrictiva de la resocialización, por cuanto no es posible pretender una vida
sin delito prescindiendo de lo que puede ayudar a este empeño el trabajo de la
sociedad toda, aun cuando en principio no acepte al delincuente, aun cuando el
delincuente no acepte a la sociedad, pero la resocialización, sin la presencia
del componente social, no se considera viable.
En tal sentido, y
esperando que la virulencia de las palabras de los días recientes entre el Alcalde
Federico y “Popeye” terminen ahí, lo que debemos esperar como partes de un
Estado de Derecho es que este señor logre a su retorno a la sociedad, o sea, a su
reinserción, una armonía tal que permanezca en constante motivación hacia la
observancia de orden legal establecido, y no precipitar que producto de
sentirse “arrinconado” por la institucionalidad, termine retornando al delito o
siendo víctima él mismo, por cuenta de los muchos enemigos que dentro del
inframundo criminal con certeza le deban persistir.
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